Ante un accidente del trabajo grave o fatal, el empleador tiene obligaciones inmediatas definidas por la Ley 16.744 y las instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.
Primeros pasos
- Atender al accidentado y llamar a SAMU 131 o trasladarlo al centro de su organismo administrador.
- Suspender de inmediato las faenas afectadas y, si es necesario, evacuar a los trabajadores.
- Notificar de inmediato a la Inspección del Trabajo y a la SEREMI de Salud correspondientes.
- Informar a su organismo administrador y emitir la denuncia del accidente.
- Preservar el lugar y la evidencia para la investigación.
Reanudación
Las faenas suspendidas solo se reanudan cuando la autoridad fiscalizadora verifica que se corrigieron las condiciones que causaron el accidente.
Después
Investigar las causas, implementar medidas correctivas y actualizar la matriz de riesgos y el programa de trabajo.
Investigación de accidentes e informes técnicos.
Información general actualizada al 31-10-2026. No constituye asesoría legal. Verifique el texto vigente de la normativa o consulte su caso con nuestro equipo.
